Nuestro mundo es cada vez más accesible y por ello la empresa, sea cual fuere su actividad, debe de estar necesariamente más y mejor protegida. Los activos intangibles se están convirtiendo a día de hoy en un factor clave para el éxito de cualquier negocio, tales como el nombre, el diseño de la marca, el saber hacer, la fórmula de los productos, etc.
La ley contempla la protección de la Propiedad Intelectual para aquellas creaciones de tipo artístico, literario y académico y de la Propiedad Industrial para las marcas, nombres comerciales, diseños industriales e invenciones.
Los derechos de explotación de la Propiedad Intelectual en España por regla general duran la vida del autor más 70 años después de su muerte. En el caso de la Propiedad Industrial varía según su naturaleza: patentes de invenciones un máximo de 20 años, diseños industriales un máximo de 25 años, signos distintivos como la marca indefinidamente mediante la oportuna renovación.
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¿Dónde y cómo se pueden proteger las obras?.
Propiedad Intelectual
Si la obra atañe a la Propiedad Intelectual se reserva para la protección de las creaciones del espíritu en las que queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente o en serie. Tales como obras literarias y artísticas, sean novelas, poemas y obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas o diseños arquitectónicos, así como las reglas para juegos y los programas de ordenador.
Para la Protección de la Propiedad Intelectual podemos dirigirnos en persona a cualquier sede territorial del Registro de la Propiedad Intelectual, subordinado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o bien hacer dicha solicitud del registro telemáticamente.
Otra vía para proteger nuestras obras es utilizar un servicio de registro de derechos de propiedad intelectual en soporte electrónico tal como el que ofrece la organización Safe Creative. El registro es completamente gratuito aunque existen variables de pago según el tipo de servicios legales extras demandados. El registro de la obras a través de este portal es muy simple e intuitivo. Además ofrece la posibilidad de registrar los derechos de autoría de los blog de forma automática.
Propiedad Industrial y Patentes
El registro de la Propiedad Industrial y Patentes varia según el ámbito territorial que deseemos abarcar. Si el ámbito se ciñe al territorio español, a través la OPEM (Oficina Española de Patentes y Marcas). En caso de una cobertura a nivel europeo, directamente a través de la OAMI (Oficina de Armonización del Mercado Interior). En el caso de desear una cobertura internacional/mundial se debería de gestionar a través de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Industrial).
El registro de la Propiedad Industrial, en cualquiera de sus variantes, es un proceso que se ha de conocer bien y gestionar adecuadamente. Siempre es mejor asesorarse sobre cual es la mejor alternativa para las necesidades de su empresa y dejarlo en manos de un gabinete profesional como PADIMA, empresa española internacionalmente reconocida líder en propiedad industrial y marca comunitaria.
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Y cuáles son los derechos de autor en las Redes Sociales?
Los derechos de autor vienen determinados por las “condiciones de uso” que aceptamos al registrarnos y darnos de alta en cada red social en particular. Lamentablemente casi siempre nos encontraremos que les estamos cediendo el derecho de explotación no exclusivo sobre nuestros contenidos.
A modo de ejemplo, en Twitter, nos detalla en su apartado «5 Derechos del Usuario»
“…usted concede a Twitter una licencia mundial, no-exclusiva y gratuita (así como el derecho de sub-licenciar) sobre el uso, la copia, la reproducción, el procesamiento, la adaptación, modificación, publicación, transmisión, exposición y distribución de tal Contenido a través de cualquier medio o método de distribución presente o futuro.
Bueno es entonces que tengamos que leer y releer esas “condiciones de uso” que a modo de contrato nos indican que derechos y obligaciones deberemos de atender para poder pertenecer a cualquier red social.